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EXTRANJERIA

En LUISCARRETEROABOGADOS.COM somos expertos Abogados Extranjería ya sea en vía administrativa y ante los tribunales contenciosos administrativos, para la tramitación de permisos de residencia, arraigo social, reagrupación familiar, familiares de comunitarios, renovación de residencia, residencia larga duración, nacionalidad, visados, recursos de extranjería, recursos denegación de nacionalidad y visados, decretos de expulsión, rechazados en frontera y recurso contencioso administrativo.

Nuestra experiencia es su tranquilidad,  le resolvemos sus consultas de la forma más rápida y eficaz.

Servicios

Nacionalidad: Expediente ante el Ministerio de Justicia y Registro Civil
Obtener la Nacionalidad Española es uno de los trámites que más puede interesar a un extranjero que reside en España.

Hay varias formas de obtener la Nacionalidad Española: por nacimiento en territorio español, por ser hijo de padre/madre español o por residencia. La obtención de nacionalidad por residencia es la más común:

Como norma general, es necesario haber residido de forma legal y continuada en España durante 10 años antes de solicitar la nacionalidad, sin embargo hay muchos residentes extranjeros que califican para poder pedir la nacionalidad mucho antes:

Podrán pedir la nacionalidad a los 2 años de residencia legal y continuada todos los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.

Recordamos que los países latinoamericanos son:

  • Argentina.

  • Bolivia.

  • Brasil.

  • Chile.

  • Colombia.

  • Costa Rica.

  • Cuba.

  • Ecuador.

  • El Salvador.

  • Guatemala.

  • México.

  • Nicaragua.

  • Panamá

  • Paraguay.

  • Perú.

  • Puerto Rico.

  • República Dominicana.

  • Uruguay.

  • Venezuela.

Es importante saber que los latinoamericanos no perderán su nacionalidad al solicitar la nacionalidad española, sino que ostentarán doble nacionalidad. Y el tiempo de residencia para pedir la nacionalidad española será reducido a tan solo un año para:

  • Los nacidos en España que no hubieran podido obtener la nacionalidad por opción al nacer.

  • Los cónyuges de españoles, siempre que no estuvieran separados legalmente o de hecho.

  • El viudo o viuda de español, si al momento de producirse el fallecimiento no se encontraban separados de hecho o judicialmente.

  • Nacido en el extranjero, hijo de padre o madre, abuelo o abuela que hubiesen sido originariamente españoles.

  • El que haya estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de una persona o institución española durante dos años consecutivos.

La obtención de la nacionalidad española por nacer en territorio español: Si vuestro hijo ha nacido en España, podrá obtener la nacionalidad por opción dependiendo de qué nacionalidad seáis vosotros (los padres).

MUY IMPORTANTE: Esta opción será válida para aquellos nacidos en España que no hayan sido inscritos en el consulado del país de donde son los padres

Podrán optar a la nacionalidad cuando los padres sean de:

  • Argentina.

  • Brasil.

  • Bolivia.

  • Cabo Verde.

  • Colombia.

  • Cuba.

  • Ecuador.

  • Paraguay.

  • Perú.

  • Portugal.

  • Uruguay.

  • Venezuela. (para el caso en que sólo uno de los padres sea venezolano)

MUY IMPORTANTE: Esta no es una lista completa, si su nacionalidad no está en la lista llámenos y le confirmaremos si su hijo/a puede ser español al nacer.

Son muchas las ventajas de obtener la nacionalidad española, especialmente en esta época de crisis en la que el riesgo de quedarse sin empleo es alto y la falta de medios económicos nos impedirá renovar la residencia. Sin embargo, una vez obtenida la nacionalidad, el hecho de estar en paro nunca modificará nuestro estatus, por lo que se pongan en contacto con LUIS CARRETERO ABOGADOS cuanto antes para tramitarla. Con las últimas reformas efectuadas se obtiene la nacionalidad en menos de un año.

Matrimonios entre extranjeros
Los ciudadanos españoles y extranjeros tienen derecho a contraer matrimonio en España, con independencia de la situación legal del ciudadano extranjero en situación irregular. Nuestros abogados de extranjería, pueden ayudarle a tramitar su solicitud.
Permisos de residencia y trabajo
El permiso de residencia no lucrativo está pensado para particulares que quieran inmigrar a España y tienen medios suficientes para vivir en España sin necesidad de trabajar. La clave para la obtención de este permiso radica en la posibilidad de probar que se poseen suficientes medios de vida para vivir en España. Este tipo de permiso será renovable mientras pueda demostrarse al final de la duración del mismo, que se continúan teniendo medios suficientes para vivir en España sin trabajar. Para más información relativa a este permiso de residencia no lucrativa, contacte con nosotros. Por otra parte, el permiso de trabajo y residencia por cuenta propia está pensado para personas que quieran crear una empresa en España y dispongan de una liquidez para invertir. Una vez conseguido el permiso, el solicitante será el director de la compañía y deberá desarrollar su actividad conforme al plan de negocio para que el que se le concedió el permiso. No obstante, cabe mencionar que en este aspecto se pueden dar varias “posibilidades-alternativas”, por ello para cualquier duda o aclaración contacte con LUIS CARRETERO ABOGADOS.

Exequátur: Legalización de sentencias y resoluciones judiciales extranjeras para su eficacia dentro del territorio español
Es un procedimiento jurídico internacional por el cual un Estado solicita a otro Estado el conocimiento, la ejecución u homologación de una sentencia que se dictó en el Estado requirente a efectos de asegurar la eficacia extraterritorial de la misma. Es decir, se procura la ejecución de la sentencia en virtud a los principios de seguridad jurídica, mutua cooperación y reciprocidad internacional, y en caso de existir, a los Tratados y Convenios Internacionales como fuente directa del Derecho Internacional Privado, cuya aplicación es obligatoria cuando un Estado es parte de dicho trabajo o lo ha suscrito y facultativa cuando no es parte. Son objeto del exequátur todos los actos judiciales pronunciados en forma de fallo o sentencia, los cuales son susceptibles de ser reconocidos siempre que cumplan los requisitos de ser de carácter privado en materia civil, comercial o laboral y hayan sido dictados por autoridades judiciales competentes del Estado requirente.

Recursos administrativos y contenciosos-administrativos relacionados con el derecho de extranjería

Para el caso de que su solicitud de permiso sea rechazada en vía administrativa, le tramitamos los recursos previos en esta vía, ante el órgano que tramita el expediente administrativo y posteriormente, LUISCARRETEROABOGADOS.COM, presentará, si se cumplen determinadas condiciones, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo y/o Tribunales Superiores de Justicia.